miércoles, 27 de abril de 2016

INSPECCIONES LABORALES EN BANQUETES Y CELEBRACIONES


Inspecciones laborales en banquetes y celebraciones

Los banquetes y celebraciones, sean de la índole que sean, son muy propicios a la contratación irregular de camareros, ayudantes de cocina, animadores, canguros y otros extras que cobran por horas sin realizar ningún tipo de cotización a la Seguridad Social. Muchos se realizan en fines de semana o en festivos, lo cual hace que se pueda pensar que el peligro de encontrarse con inspecciones laborales en esos eventos sea mínimo. Y es posible que haya, porcentualmente, menos peligro que en un bar o restaurante, por ejemplo, pero no nos dejemos engañar, los de Tesorería saben tan bien como cualquiera de nosotros que ese tipo de celebraciones son focos de irregularidades de todo tipo, así que ¿por qué no van a inspeccionarlas?

Inspecciones laborales, incluso en banquetes privados y en festivo


Inspecciones laborales.Se anuncian refuerzos para inspeccionar banquetes y celebraciones, incluso en festivo.
Recientemente, la inspección laboral ha anunciado que habrá refuerzos en los controles de bodas, comuniones y bautizos (sin descartar otros eventos familiares). El anuncio lo hacen de manera cautelar para que los empresarios se lo tomen en serio y realicen las oportunas contrataciones. Solo en la provincia de Málaga y durante el último año, se han descubierto doscientas irregularidades de este tipo.
Hay que recordar que para esta clase de eventos se pueden hacer contrataciones para unas horas muy concretas, ahora bien, ese horario de contrato debe de cubrir el trabajo real porque si hay inspección y no coinciden los horarios, aunque haya contrato, habrá igualmente sanción.
Otra cosa a tener en cuenta es que los inspectores saben perfectamente dónde se realizan estos eventos, con lo cual resulta muy sencillo personarse y abrir acta. Solo si es un evento realizado en un lugar privado podría haber cierta impunidad, pero tampoco hay que confiarse demasiado, y menos ahora que, con Facebook y otras redes sociales, el inspector puede estar enterado de antemano del lugar de ciertas celebraciones. Internet es un foco de información nada desdeñable para Hacienda y para la Seguridad Social.
Del Blog de Ramón Cerdá

domingo, 17 de abril de 2016

MANOS LIMPIAS Y AUSBANC


Manos Limpias y Ausbanc

Ambas organizaciones: Manos Limpias y Ausbanc, han acabado teniendo un destino común: las detenciones de sus directivos acusados por lo mismo.
De Ausbanc tengo noticias desde hace bastantes años; en mi época de asesor solía recibir su revista (que no recuerdo si pagaba o era gratis) porque a veces incluía algún tema de bancos interesante que yo usaba para mis circulares semanales (las precursoras de este blog). De todos modos nunca llamó demasiado mi atención. La que sí que la ha llamado y mucho, aunque mucho más recientemente, ha sido Manos Limpias, conocida también como Sindicato Manos Limpias o Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias. Siempre me he preguntado de dónde se financiaban porque su actividad en los últimos años ha sido frenética.

Manos Limpias y Ausbanc... ¿Sin ánimo de lucro?


¿Cómo de limpias están las manos de Manos Limpias?
Ayer salieron a la luz las acusaciones de extorsión y alguna otra cosilla basadas en una investigación que comenzó a principios de 2015. No voy a sacar conclusiones precipitadas porque nunca me gusta hacerlo, pero lo cierto es que con Manos Limpias siempre he tenido un mal feeling, un cosquilleo en el estómago que no era precisamente de enamoramiento. Espero que la investigación llegue al fondo de asunto y se demuestre (si así ha sido) que han estado extorsionando a entidades y personas a cambio de no demandarlas o de retirar las demandas.
El caso más llamativo (y puede que de donde hayan partido las primeras investigaciones) es el de la infanta. Recordemos que ni Hacienda ni la Fiscalía mantienen acusación alguna. Si está imputada es solo por dos cosas: por la acusación particular de Manos Limpias y por no haber aceptado el juez la doctrina Botín (que bajo mi punto de vista sí era de aplicación).
Si las acusaciones son ciertas, la cosa es mucho más grave de lo que pueda parecer a simple vista, pero supongo que tendremos que esperar a ver cómo evoluciona todo.
Si dicen que es tan grave que Noos apareciera como entidad sin ánimo de lucro para hacer negocios, ¿cómo de grave será que Manos Limpias también sea considerada sin ánimo de lucro y no haga precisamente negocios, sino algo todavía mucho peor, como es extorsionar a cambio de llevar a cabo una acción judicial o no. Si tengo que decidir yo qué es lo más grave, directamente apuntaría hacia Manos Limpias.
Ayer se hablaba de que las extorsiones cobradas podrían superar los cuatro millones de euros, y que a los abogados de la infanta les habían pedido tres millones por retirar la acusación.
Del Blog de Ramón Cerdá

domingo, 10 de abril de 2016

EL NEGOCIO MUNICIPAL DE LAS MULTAS


El negocio municipal de las multas

Muchas veces hablamos de la Dirección General de Tráfico y su insaciable afán recaudatorio. Afán que siempre niegan y negarán por muchas evidencias que lo corroboren día tras día. Y es natural que nos venga a la cabeza la DGT cada vez que hablamos de radares o de controles de alcoholemia, por poner dos ejemplos clásicos, pero la DGT no está sola, y ya no lo digo porque también existan los Mossos y los Ertzainas que no se quedan cortos a la hora de multar. De hecho, Cataluña y Euskadi son las dos zonas con mayor número de multas de radar de toda España. Pero hoy quería destacar que no podemos olvidar a los Ayuntamientos, porque el negocio municipal de las multas existe, y existe hasta el punto de que suelen incluir los ingresos en sus presupuestos, cosa absurda porque se trata de sanciones y no deberían estar presupuestadas como si estuviésemos hablando de los ingresos por IBI o por impuestos de circulación de vehículos, pero lo están y luego hacen seguimiento y toman medidas para que se alcancen esas cifras porque forman parte del dinero que, sí o sí, debe entrar en las arcas municipales, con la particularidad de que no cuentan como impuestos y, por lo tanto, no forman parte de la «presión fiscal», es algo que, copiado de la querida DGT, hacen por nosotros, por nuestra seguridad.

El negocio municipal de las multas es imparable


El negocio municipal de las multas. Otra de las vergüenzas nacionales.
Cada vez más radares, más cámaras de semáforos (que hay que recordar que las están tumbando los tribunales), cada vez más controles de alcoholemia en el interior de las ciudades, en las cercanías de cualquier restaurante o salón de banquetes.
No me cansaré de decir que el simple hecho de que incluyan en los presupuestos (papá Estado también lo hace) la recaudación por multas, debería de invalidar jurídicamente esos presupuestos, y más cuando dicen que el objetivo no es multar más sino buscar la seguridad. Si eso fuera así, el objetivo no sería solo «cero muertos» en carretera, cosa que ya he comentado también en más de una ocasión que no es un objetivo real y viable; el objetivo tendría que ser: «cero multas», y, por lo tanto, no debería existir en el presupuesto municipal o estatal, el ingreso por sanciones, ni debería ser computable. A lo sumo estaríamos hablando de un «ingreso extraordinario» no presupuestable.
Pero claro, si solo la ciudad de Madrid ya se ingresan al año 94 millones de euros... ¿Cómo renunciar a tan lucrativa actividad?
Otras ciudades:
Barcelona 46 millones de euros.
Sevilla 26 millones de euros.
Málaga 16 millones de euros.
Valencia (más conservadora) 8 millones de euros.
Solo recordar que muchas de esas multas no cumplen con los requisitos legales o están llenas de errores. Mi consejo de siempre: RECURRIR.

Del Blog de Ramón Cerdá

lunes, 4 de abril de 2016

HACIENDA ABUSA DE LOS MENORES


Hacienda abusa de los menores

Hacienda abusa de los menores y embarga sus bienes al considerarlos como responsables solidarios pese a que la legislación indica que, para considerar a alguien responsable solidario, «debe apreciarse una intención de colaborar con el deudor en la ocultación de los bienes». Lógicamente si es un menor de edad, y además de una edad muy reducida, no se le puede acusar de colaboración en estos casos. De hecho ese fue el criterio del Tribunal Económico Regional de Madrid. Pero claro, se trataba de un asunto en el que Hacienda no podía dejarse ganar la mano porque hubiese supuesto una puerta abierta para la ocultación de bienes y la salvaguarda de patrimonios.

Hacienda abusa de los menores con el apoyo del Tribunal Económico Central


Hacienda abusa de los menores al considerarlos responsables solidarios.
La sentencia del Tribunal Económico Regional fue recurrida y ahora el TEAC le ha dado la razón a Hacienda. Una donación hecha por los padres a menores de edad puede ser anulada si hay una orden de embargo, y todo ello sin haber cambiado la legislación, que sigue diciendo que debe apreciarse intención de colaborar... ¿Cómo puede apreciarse esa intención en un niño de ocho años, por ejemplo? ¿Estamos ante una interpretación partidista de la ley? ¿Otro de tantos abusos de Hacienda?
El argumento de Hacienda en el recurso era que la sentencia del TEAR abría las puertas a que las ocultaciones de bienes quedaran impunes cuando se hacían donaciones a menores de edad, y ha sido el TEAC quien ha dicho que «un menor de edad sí puede ser declarado responsable solidario», y todo ello pese a la inimputabilidad del menor de edad en la comisión de infracciones tributarias. Todo un poco aleatorio según se ve. No sé si el caso puede llevarse a alguna instancia superior, pero desde luego, si estuviera en mi mano lo seguiría hasta las últimas consecuencias.
En definitiva, a un menor de edad se le puede derivar la deuda, pero también las sanciones y los intereses de demora, y todo ello sin que haya habido actuación culpable.

¿Por qué digo que Hacienda abusa de los menores?

Analicemos las consecuencias de esto:
Imaginemos que la deuda, con sanciones y todo lo demás asciende a 100.000 euros.
Imaginemos que el padre ha realizado la donación de un inmueble valorado en 50.000 euros para, desesperadamente, evitar el embargo de lo único que le quedaba.
Ante esta situación, el Tribunal declara al menor responsable solidario de los 100.000 euros, pero solo recupera 50.000 al anular la donación... ¿Qué ocurre entonces? Pues muy sencillo, que queda pendiente una deuda de 50.000 y que un menor de edad que no ha participado para nada en el asunto, sigue siendo responsable solidario de esa deuda no cobrada. Si ese menor de edad tiene otros bienes, aunque sean anteriores y no puedan considerarse ocultación de patrimonio, como ha sido declarado responsable solidario... en teoría le podrán ser embargados igualmente. O lo que no es menos malo, que seguirá siendo responsable solidario de lo no pagado y cuando empiece a tener sus primeros ingresos... le podrán ser embargados.
Todo muy en línea con lo que suele hacer nuestra amantísima Hacienda, que alguien, antes de tener ingresos, ya arrastre una deuda. Algo así como lo que hacen las mafias con la trata de blancas, solo que en este caso es Hacienda y el Tribunal le da palmaditas en la espalda para que siga por ese camino.
Del Blog de Ramón Cerdá

miércoles, 16 de marzo de 2016

LA PERVERSION DE HACIENDA


La perversión de Hacienda

¿Podemos afirmar que la perversión de Hacienda existe? Rotundamente sí. Veamos lo que dice la RAE sobre «pervertir»: Viciar con malas doctrinas o ejemplos las costumbres, la fe, el gusto, etcétera.

Cada día es más evidente la perversión de Hacienda

LAS CINCO PERVERSIONES DE HACIENDA

La perversión de Hacienda es múltiple
La primera perversión del sistema es su propia complejidad. Si de lo que se trata es de recaudar una cierta cifra al año, necesaria para cubrir las asistencias sociales y todo lo que, se supone, se paga con nuestros impuestos, lo primero que cualquier gobierno del color que sea tendría que hacer (y que nunca hará porque no le interesa) es simplificarlo. Con un impuesto único, o casi único, y simple, se evitaría buena parte del fraude, pero también se evitaría la multitud de interpretaciones de cada norma, incluso los cambios de criterio de la administración que nos lleva a la más absoluta de las confusiones.
La segunda perversión es que seamos nosotros, lo contribuyentes, quienes tengamos que calcular nuestros impuestos, con todo lo que ello supone. Primero el riesgo a equivocarnos, con las consiguientes sanciones, intereses de demora... e incluso la cárcel, porque parece más fácil entrar en la cárcel por delito fiscal que por otras muchas cuestiones, en apariencia más graves. Otro problema añadido es que, tanto por la complejidad antes indicada, como por el sistema de autoliquidaciones, obliga a la mayoría de los contribuyentes a tener que depender de un asesor, con los consiguientes costes añadidos.
La tercera perversión es que tengamos que hacer de recaudadores gratuitos del sistema, facturando un IVA que encarece nuestros productos, estar obligados a cobrarlo y a ingresarlo, e incluso a veces, a tener que hacernos cargo de lo que otro no ha pagado. Y todo ello, no solo gratis, sino con la amenaza de que si lo hemos hecho mal, seremos perseguidos sin piedad.
La cuarta perversión es que, muy hábilmente y legislatura tras legislatura, han hecho creer a gran parte de la ciudadanía, que el sistema es justo, eficaz y veraz. Y no es nada de eso. Es tremendamente injusto la mayoría de las veces, claramente ineficaz y lleno de mentiras, manipulaciones y malas interpretaciones. El ciudadano que recibe una paralela o cualquier otro tipo de comunicación, de inmediato da por hecho que el contenido de la misma es fiable y que, por lo tanto, está obligado a pagar lo que le piden sin tener que rechistar, cuando está más que demostrado que Hacienda, no solo se equivoca (a su favor) muy a menudo, sino que a veces lo hace de manera malintencionada.
La quinta perversión son las medidas cautelares: embargos de cuentas, embargos de devolución de impuestos, embargos preventivos de bienes... Y todo ello de manera cautelar. No hablo de cuando hay una deuda demostrada y concreta, sino de cuando, según ellos, existe alguna sospecha y la solución es bloquear todas las finanzas del contribuyente hasta llegar a asfixiarlo, matando, a menudo, la gallina de los huevos de oro. Años y años con cuentas y bienes embargados... Y no pasa nada.
Acabamos siendo esclavos de Hacienda, y al igual que ocurría en la Edad Media, no solo esquilman nuestras cosechas, sino que podemos acabar en la cárcel con mucha facilidad.
Del Blog de Ramón Cerdá

jueves, 3 de marzo de 2016

SI TU MUJER TE PONE LOS CUERNOS, SILVA Y NO QUIERAS SABER MAS


Si tu mujer te pone los cuernos, silba y no quieras averiguar más

Estamos ante otra de esas cuestiones que últimamente están derivando hacia el absurdo. Al menos es lo que a mí me parece. Asumo que en este tipo de cosas muchos de mis lectores puede que estén en contra de lo que digo y así acaben expresándolo en sus comentarios, pero creo que debo decir lo que pienso en este tipo de situaciones. En cuanto al título de este post: Si tu mujer te pone los cuernos, silba y no quieras averiguar más, viene a raíz de una reciente condena a dos años y medio de cárcel para el marido que ha espiado el móvil de su esposa, encontrando una foto (de ella), con el señor que se supone que era su amante.
Bien, tengo que decir que no me gusta eso de que se mire el teléfono de otra persona, sea pareja o no. A mí nunca se me ha ocurrido mirar el de nadie y, aunque no guardo secretos inconfesables en el mío, la verdad es que me molestaría que alguien se pusiera a trastear en mis archivos. Pero de ahí a que pueda asumir que al marido le puedan caer más de dos años de cárcel por haber descargado archivos del móvil de la, ahora exmujer, la verdad... Se me ponen los pelos de punta solo de pensarlo y  darme cuenta de hasta qué punto nuestra legislación es torticera.

Si tu mujer te pone los cuernos, silba. Al menos eso es lo que tendría que haber hecho este señor para no verse ahora en la situación en que se encuentra


Si tu mujer te pone los cuernos, mejor disimula.
Según consta en el procedimiento,  el 22 de diciembre de 2014, A.J.S. tuvo un acceso no autorizado al móvil de la que entonces era todavía su mujer, descargando una fotografía con otro hombre y algunos mensajes comprometedores de la aplicación Line. Hay que dejar claro que no ha quedado acreditado en el procedimiento que este señor hiciera difusión de los mensajes ni de la fotografía, ni que la cediera a un tercero, como tampoco se ha demostrado que lo hiciera para menoscabar la integridad psíquica de su mujer ni de causarle ningún temor. Lo único demostrado es que la señora estuvo quince días de baja temporal (y ya se sabe cómo funciona eso de las bajas, especialmente las de depresión), aunque no se ha demostrado que fuera como consecuencia de estos hechos, ni se ha demostrado que haya sufrido daños de ningún tipo.
Pese a todo, se le condena (en octubre del pasado año se encontraba en situación de recurso, no sé en qué estado se encontrará ahora) a dos años y medio de cárcel y a una multa de seis euros diarios durante diecinueve meses (unos tres mil cuatrocientos euros), por considerarlo «autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos con el agravante de parentesco». O sea que se considera más grave espiar el teléfono de la mujer que el de la vecina.
Se argumenta en la sentencia que «no se trató de un mero fisgoneo o una visión fugaz o momentánea del contenido privado, sino que se ha hecho el acusado con el adecuado soporte material de captación del contenido».
No importa que se alegara que el terminal fuese de uso familiar y que la mujer manejara otro móvil. El abogado del condenado alegó también que el derecho a la intimidad requiere de ciertas medidas de protección que la mujer tampoco se molestó en adoptar; tampoco eso le importó mucho al juez.
La verdad es que cuando leo noticias de este tipo, no entiendo qué es lo que está pasando. Tengo la tentación de pensar de que si hubiera ocurrido al revés (que ella lo espiara a él) no hubiera tenido las mismas consecuencias, pero lo cierto es que carezco de base formal para pensar tal cosa, así que no sé por qué lo pienso... ¿O sí?
Del Blog de Ramón Cerdá

miércoles, 24 de febrero de 2016

CUANDO PUEDE APARCAR LA POLICIA EN UN LUGAR PROHIBIDO


Cuándo puede aparcar la Policía en un lugar prohibido y cuándo no

Muchas veces vemos en las redes sociales cómo la gente se queja y critica a la Policía por aparcar en lugares prohibidos, incluso en zonas especialmente reservadas a minusválidos. Este tipo de críticas son normales porque a la gente le molesta (quizás debería decir: nos molesta) mucho que quien nos multa por aparcar mal a la mínima que nos descuidemos, pueda hacer (aparentemente) lo que le venga en gana. Pero deberíamos tener en cuenta que eso no es exactamente así y, antes de criticar, deberíamos de preguntarnos cuándo puede aparcar la Policía en un lugar prohibido.

Pues preguntémonoslo: ¿Cuándo puede aparcar la Policía en un lugar prohibido?


¿Cuándo puede aparcar la Policía en un lugar prohibido?
Generalmente, si están de servicio pueden hacerlo en cualquier momento y lugar, lo cual, debemos entender que es lo lógico e incluso lo deseable si lo que queremos es tener un buen servicio policial. Sería absurdo que en una emergencia tuvieran que perder el tiempo buscando un lugar donde aparcar pudiendo hacerlo en doble fila, en una plaza de minusválidos o sobre una rotonda o acera. Aunque moleste, debemos considerarlo como algo correcto y no criticarlo. Ahora bien, ¿eso quiere decir que pueden hacerlo en cualquier momento? Pues no; lo primero es que tienen que estar de servicio, pero no solo eso, pueden estar de servicio patrullando y que paren, como ha ocurrido hace poco (y como yo veo muchas veces) frente a una panadería y bajen a comprar el pan (o cualquier otra cosa) para el almuerzo. Eso, señores policías, no es un acto de servicio y mucho menos una emergencia. En un caso así no pueden aparcar donde les venga en gana.
Pero el asunto es peor que eso, porque la noticia ha sido que cierto policía que ha aparcado en zona prohibida para ir a comprarse desayuno, se ha sentido ofendido y ha tirado de bloc de multas para escarmentar a la panadera que tuvo la ocurrencia de comentar a una compañera, que el agente había aparcado mal el coche. Sencillamente patético; puede que no sea ilegal porque gracias a la nueva ley (también patética) mordaza, se permiten ciertas barbaridades; pero legal o no, estas cosas deben conocerse y saber en manos de quiénes estamos.
¿Dónde ha ocurrido?
Sabadell, en el Forn de la Plaça del Mercat.
¿De cuánto es la multa?
100 euros.
¿El motivo?
«Por faltas de respeto y consideración dirigidas a un miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad».
Lo dicho: Patético. Deben de tener falta de autoestima para rebajarse de este modo.
Del Blog de Ramón Cerdá

viernes, 19 de febrero de 2016

DOCE AÑOS DE CARCEL POR UN ERROR JUDICIAL


Doce años en la cárcel por un error judicial

Un holandés ha pasado en nuestro querido país la friolera de doce años en la cárcel por un error judicial. Estas cosas siguen pasando y apenas tienen reflejo en los medios de comunicación; no sé qué es más preocupante, que no cesen de aparecer casos de este tipo, o la poca importancia que nuestra sociedad parece dar a estas cosas, como si haber estado doce años en la cárcel por un error judicial y, además, acusado de violación siendo inocente y en un país extranjero, fuera algo que se pudiera solucionar con una pequeña indemnización y una palmadita en la espalda.

Doce años en la cárcel por un error judicial y se dan cuenta ahora...


Doce años en la cárcel por un error judicial... Y le puede pasar a cualquiera.
Gran parte de la culpa de estas cosas la tiene la propia sociedad. Una sociedad que no duda en condenar a la gente segundos después de haber visto una detención en el telediario; el juicio es lo de menos, ¿para qué juzgarlo si ya lo ha cogido la Policía? Que lo encierren y tiren la llave al mar mientras nosotros seguimos viendo Gran Hermano VIP. El solo hecho de que estas noticias de errores judiciales no salgan en la primera plana de todos los periódicos y apenas se oigan en televisión, hace que me avergüence, no solo del sistema judicial que tenemos (más peligroso que ir en pelotas al Polo Norte), sino de la sociedad en general, que condena a todos por inercia... Por despecho... Por venganza... Por envidia... Y a nadie parece importarle lo que le ocurre a esa persona, acusada falsamente, juzgada sin garantías suficientes (porque a veces basta con la identificación de una pirada —o pirado, que ninguna se me vaya a ofender—), condenado sin posibilidad a réplica... Y luego vemos cómo se manejan las pruebas de ADN, esa especie de «bichitos» que no se ven y que todo el mundo parece creer en ellos cuando un «experto» dice que tal ADN (que no se sabe muy bien de dónde lo han sacado) coincide con aquel otro que es del sospechoso, del pringado que pasaba por allí, o de aquel vecino al que se le tiene manía y alguien acusa, no se sabe muy bien por qué. Y así terminan muchos casos: con gente inocente en la cárcel.
¿Cuándo reflexionaremos sobre esto?
Esta vez ha sido un holandés, concretamente Romano Liberto (manda cojones lo de liberto) Van Der Dussen, que dice: «Me han jodido la vida» y no sale precisamente con cara de felicidad de la cárcel a pesar de que debe de haber sido un gran alivio salir de allí.
Ha abandonado la prisión de Palma después de que el Supremo anulara la pena de seis años de una de las tres supuestas agresiones por las que fue condenado. La excarcelación ha sido posible al admitir a trámite el recurso del condenado, basado en un informe de la Policía Científica que señala como verdadero autor de la violación a un hombre de nacionalidad británica.
Del Blog de Ramón Cerdá

viernes, 12 de febrero de 2016

LOS BANCOS NO PAGAN LAS CUOTAS DE LA COMUNIDAD


Los bancos no pagan las cuotas de la comunidad

Resulta curioso que entre los grandes morosos se encuentren los bancos, pero es así, son muchos los bancos que no pagan las cuotas de la comunidad de propietarios, y eso, hoy en día es un serio problema por la sencilla razón de que son grandes propietarios y disponen de miles de inmuebles. Todos sabemos que siempre hay algún vecino al que cuesta cobrar, y alguno al que, de entrada, es imposible cobrarle nada, lo que hace que el resto de vecinos acaben cargando con unos costes de mantenimiento superiores a los que deberían. Pero que eso ocurra precisamente con los bancos, es todavía más molesto si cabe.

¿Por qué los bancos no pagan las cuotas de la comunidad?


Los bancos no pagan las cuotas de la comunidad, pero hay medios eficaces para cobrar
No hay ninguna base legal que les permita no hacerlo, es más, ni siquiera creo que traten de argumentarlo. Lo que sí he oído alguna vez, cuando finalmente han pagado, es que se niegan a pagar las cuotas pendientes del propietario anterior... y eso tampoco es correcto. El banco no solo debe pagar las cuotas desde que el inmueble es suyo, sino que, al quedarse con dicho inmueble, asume cualquier deuda anterior (incluidas las de la comunidad) si es que existen. Y normalmente existen, porque si el banco al final ha procedido al embargo del bien, lo normal es que el embargado llevara tiempo sin pagar a la comunidad.
Hay una opción que tienen las comunidades de propietarios y que sería muy aconsejable. Me refiero a que acuerden penalizaciones mensuales por las cuotas impagadas, de manera que quien no paga, además, deberá esa penalización. Eso puede que no sirva en según qué propietarios, pero tratándose del banco, cuando al final se logre cobrar la deuda, si hay aprobadas penalizaciones, también tendrá que hacerse cargo de ellas.

¿Podemos reclamar cuando los bancos no pagan las cuotas de la comunidad?

Se puede y debería hacerse interponiendo una demanda en el juzgado de lo civil. Un trámite sencillo donde solo hay que indicar quién es el propietario del inmueble y detallar las cuotas impagadas y las penalizaciones si las hay. Y no olvidar incluir todas las cuotas, incluso las del propietario anterior (al menos de los tres años anteriores al cambio de titularidad).
Para presentar la demanda, primero hay que convocar una reunión indicando en el orden del día lo de la liquidación de las deudas pendientes, con la autorización firmada del presidente (o en su defecto del administrador) para reclamarlas judicialmente. Luego hay que dirigirse al moroso de manera fehaciente (por ejemplo burofax) exigiendo el pago, y si sigue sin pagar, ya dispondremos de suficiente documentación para ejercer nuestro derecho. No olvidemos aportar también todos los gastos ocasionados (del burofax o cualquier otro).
En resumen. Documentación a aportar:
- Copia del acta o actas
- Copia del burofax o de cualquier otra notificación fehaciente (podría ser notarial)
- Nota simple del inmueble
- Justificantes de los gastos
- Certificación firmada por el secretario con el visto bueno del presidente
- Documento que acredite quién es el presidente (o en su defecto el administrador)
- Si la deuda es inferior a 2.000 euros no se necesita abogado ni procurador.

Del Blog de Ramón Cerdá

martes, 2 de febrero de 2016

POLICIA Y GUARDIA CIVIL, UNA VERGUENZA COMUN


Policía y Guardia Civil, una vergüenza común

Policía y Guardia Civil, dos organismos que se supone que deben tener como prioridad la resolución de los delitos y la protección de la ciudadanía. ¿O no es así? Puesto que ambos cuerpos tienen esos mismos objetivos (con independencia de que tengan otros), lo normal sería que, de oficio, compartieran todas las informaciones en pro de un mejor resultado final de cualquier pesquisa. Pero eso no es así, Policía y Guardia Civil siempre parecen enfrentados, y eso solo puede perjudicar a su trabajo, y por ende, a nosotros, los ciudadanos.

¿Por qué Policía y Guardia Civil no comparten todos los datos?


Policía y Guardia Civil. Siguen los roces.
Ahora ha sido la Policía la que ha acusado al cuerpo de la Guardia Civil de apropiarse de casi dos millones de datos de sus bases informáticas. Cuatro son los sindicatos que, por escrito, se han dirigido al Ministerio del Interior denunciando que la Guardia Civil lleva más de un año copiando datos de manera irregular de los archivos del DNI y del registro Adextra de inmigrantes. La Guardia Civil lo niega y dice estar haciendo un uso adecuado de los datos.
Por lo visto, tienen un acuerdo para que la Guardia Civil pueda consultar esas bases de datos, pero la Policía se mosquea porque hacen muchas más consultas que ellos mismos, lo cual les ha llevado a la sospecha de que están haciendo un uso inadecuado y volcando datos de forma no autorizada.
El cuerpo de Policía se siente agraviado porque existen maniobras para quitarles competencias en favor de la Guardia Civil. En cuanto al mal uso de las bases de datos dicen que no parece creíble que la Guardia Civil llegue a hacer 50.000 consultas al día: «Se dan casos tan sospechosos como el de un puesto situado en un pueblo de poco más de 300 habitantes que ha llegado a realizar hasta 2.000 consultas de fichas del documento de identidad». «Y con Adextra pasa lo mismo».
La Guardia Civil responde diciendo que se hacen estrictamente las consultas necesarias en el día a día.
La Policía también critica el «decrecimiento exponencial» de la presencia de sus agentes «en la Casa Real, Presidencia del Gobierno, Europol, Relaciones Públicas con cuerpos extranjeros, o la propia Secretaría de Estado». Acusan de todo ello al coronel de la Guardia Civil destinado en la Secretaría de Estado de Seguridad.
Incidentes entre ambos cuerpos ha habido muchos en los últimos años. Está claro que un cuerpo tiene connotaciones militares y el otro no, ¿pero no debería de haber alguien por encima de ambos para coordinar sus actuaciones? ¿No tendría que existir una mayor permeabilidad en las investigaciones que lleven a cabo cada uno de los cuerpos?
Personalmente me parece una vergüenza que se comporten como niños de primaria pelándose por el balón.
Del Blog de Ramón Cerdá