lunes, 4 de abril de 2016

HACIENDA ABUSA DE LOS MENORES


Hacienda abusa de los menores

Hacienda abusa de los menores y embarga sus bienes al considerarlos como responsables solidarios pese a que la legislación indica que, para considerar a alguien responsable solidario, «debe apreciarse una intención de colaborar con el deudor en la ocultación de los bienes». Lógicamente si es un menor de edad, y además de una edad muy reducida, no se le puede acusar de colaboración en estos casos. De hecho ese fue el criterio del Tribunal Económico Regional de Madrid. Pero claro, se trataba de un asunto en el que Hacienda no podía dejarse ganar la mano porque hubiese supuesto una puerta abierta para la ocultación de bienes y la salvaguarda de patrimonios.

Hacienda abusa de los menores con el apoyo del Tribunal Económico Central


Hacienda abusa de los menores al considerarlos responsables solidarios.
La sentencia del Tribunal Económico Regional fue recurrida y ahora el TEAC le ha dado la razón a Hacienda. Una donación hecha por los padres a menores de edad puede ser anulada si hay una orden de embargo, y todo ello sin haber cambiado la legislación, que sigue diciendo que debe apreciarse intención de colaborar... ¿Cómo puede apreciarse esa intención en un niño de ocho años, por ejemplo? ¿Estamos ante una interpretación partidista de la ley? ¿Otro de tantos abusos de Hacienda?
El argumento de Hacienda en el recurso era que la sentencia del TEAR abría las puertas a que las ocultaciones de bienes quedaran impunes cuando se hacían donaciones a menores de edad, y ha sido el TEAC quien ha dicho que «un menor de edad sí puede ser declarado responsable solidario», y todo ello pese a la inimputabilidad del menor de edad en la comisión de infracciones tributarias. Todo un poco aleatorio según se ve. No sé si el caso puede llevarse a alguna instancia superior, pero desde luego, si estuviera en mi mano lo seguiría hasta las últimas consecuencias.
En definitiva, a un menor de edad se le puede derivar la deuda, pero también las sanciones y los intereses de demora, y todo ello sin que haya habido actuación culpable.

¿Por qué digo que Hacienda abusa de los menores?

Analicemos las consecuencias de esto:
Imaginemos que la deuda, con sanciones y todo lo demás asciende a 100.000 euros.
Imaginemos que el padre ha realizado la donación de un inmueble valorado en 50.000 euros para, desesperadamente, evitar el embargo de lo único que le quedaba.
Ante esta situación, el Tribunal declara al menor responsable solidario de los 100.000 euros, pero solo recupera 50.000 al anular la donación... ¿Qué ocurre entonces? Pues muy sencillo, que queda pendiente una deuda de 50.000 y que un menor de edad que no ha participado para nada en el asunto, sigue siendo responsable solidario de esa deuda no cobrada. Si ese menor de edad tiene otros bienes, aunque sean anteriores y no puedan considerarse ocultación de patrimonio, como ha sido declarado responsable solidario... en teoría le podrán ser embargados igualmente. O lo que no es menos malo, que seguirá siendo responsable solidario de lo no pagado y cuando empiece a tener sus primeros ingresos... le podrán ser embargados.
Todo muy en línea con lo que suele hacer nuestra amantísima Hacienda, que alguien, antes de tener ingresos, ya arrastre una deuda. Algo así como lo que hacen las mafias con la trata de blancas, solo que en este caso es Hacienda y el Tribunal le da palmaditas en la espalda para que siga por ese camino.
Del Blog de Ramón Cerdá

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