A menudo hemos de recordarle a Hacienda cómo tiene que hacer las cosas, y a pesar de ello, su tendencia es la de hacer lo que le viene en gana sin preocuparle si con eso perjudica al contribuyente. Al fin y al cabo la imagen que tienen de nosotros es la de meros súbditos que tenemos que acatar todo lo que nos digan, pero eso no es así. Ese es el motivo de que insista tanto desde este blog en que se recurran sus actuaciones. En este caso me referiré a la obligación que tienen de realizar la correspondiente comunicación de inicio de inspección.
Comunicación de inicio de inspección. Una obviedad que se saltan a veces.
La Comunicación de inicio de inspección es obligatoria y ha de realizarse antes de iniciar las actuaciones.
Parece obvio que el contribuyente tiene derecho a recibir una comunicación de inicio de inspección en la que se le detalle lo que quieren de él y el alcance de la misma. Pero de tan obvio, a veces no lo hacen, y no porque se les olvide, sino porque juegan sucio para tener más tiempo. Me explico:
Hacienda dispone de doce meses para terminar las actuaciones inspectoras. Dicho plazo, en casos concretos, y se supone que debidamente justificados, se puede ampliar otros doce meses. Ahora bien, ¿qué pasa si no existe comunicación de inicio de inspección y ellos empiezan a hacer comprobaciones por su cuenta?
Según Hacienda y si lo dejáramos a su libre interpretación, el plazo no comenzaría a contar hasta la comunicación de inicio de inspección, con lo cual, todas las comprobaciones previas serían trabajo adelantado, realizadas en un plazo adicional con el consiguiente perjuicio para el contribuyente que verían mermados sus derechos.
Pero eso no es lo que ha entendido el Tribunal Supremo en un caso en el que Hacienda llevó a cabo la solicitud de asignación de oficio de un NIF tipo «N» y la petición de asistencia a las autoridades de otros estados europeos en relación al IVA de un yate importado.
Según matiza el supremo, las peticiones de asistencia por sí mismas no necesariamente han de computarse dentro del procedimiento de comprobación (yo disiento de esto porque creo que sí que forma parte de la comprobación), pero sí cuando están relacionadas con la asignación de oficio del NIF. Por lo tanto, a efectos del cómputo de plazos para la finalización de la inspección, se contará, no desde que hicieron la comunicación de inicio de inspección, sino desde que asignaron de oficio el NIF para pedir asistencia.
Una buena noticia para el contribuyente y otro toque de atención a los abusos de Hacienda.
Del Blog de Ramón Cerdá
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jueves, 16 de octubre de 2014
ACTUACIONES DE HACIENDA
miércoles, 15 de octubre de 2014
CIERRE DE OFICINAS BANCARIAS
El ritmo de cierre de oficinas bancarias es pasmoso. Desde que empezó la crisis, la banca ha cerrado nada más y nada menos que 12.000 oficinas y 15.000 cajeros. ¡Siete oficinas al día! Parece inconcebible que sobraran tantas, pero imagino que tal barbaridad ha sido posible precisamente porque sobraban muchas. Hubo un tiempo en que las nuevas oficinas aparecían como setas por todas partes, lo cual tampoco parecía muy normal ni justificado.
El imparable cierre de oficinas bancarias deja a muchos propietarios sin poder alquiler los locales.
El hecho es que después de tamaña reducción, lo normal es que los costes de las entidades bancarias se hayan reducido muchísimo. ¿Por qué entonces no bajan las comisiones? Supongo que, en gran parte porque el negocio bancario ha cambiado mucho; apenas nos dan créditos y por lo tanto los ingresos financieros deben de haber descendido. La única manera de paliarlo es cobrar al usuario por todo, incluso por ingresar dinero en la cuenta. Todo lo contrario de lo que sucedía hace unos años. Cuando yo trabajaba en banca se llegaba a pagar un 14% por los plazos fijos a un año, y a nadie se le ocurría cobrarte por el hecho de ingresar un cheque... ¡cómo han cambiado las cosas!
De hecho, las comisiones bancarias, no solo no han bajado, sino que se han incrementado una media del 35% en seis años.
El motivo principal del cierre de tantas oficinas bancarias ha estado en las numerosas fusiones que han ido habiendo en los últimos años, lo cual ha estado provocando que en una misma plaza se juntaran demasiadas oficinas «del mismo banco». Eso, junto con el hecho de que cada vez los clientes necesitan menos atención presencial gracias a las nuevas tecnologías, hace que todavía sobren muchas más.
Es de esperar que en los próximos años sigan cerrándose. Tal vez no al mismo ritmo, pero sí en un buen número.
Uno de los problemas de esto es que la mayoría de las oficinas estaban arrendadas, con lo cual, muchos propietarios que tenían unos ingresos «seguros» los han perdido.
Del Blog de Ramón Cerdá
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martes, 14 de octubre de 2014
GRABAR A POLICIAS
Cuando alguien debe hacer cumplir la ley, lo mínimo que se le puede exigir es que conozca cuál es la ley. Otra cosa es darle una placa a alguien que la usará abusando del ciudadano. Grabar policías en sus funciones públicas, cuando es en la calle no está expresamente prohibido. Es cierto que están haciendo intentonas de quitarnos ese derechos, pero sigue sin haber un posicionamiento legislativo que nos lo impida. Así y todo, es habitual que se pongan violentos cuando alguien les está grabando. ¿Por qué? ¿Acaso no están haciendo correctamente su trabajo y no quieren que se sepa? ¿Les molesta que haya pruebas irrefutables de su mal comportamiento y de su ignorancia? ¿Quieren tener patente de corso para abusar de nosotros cuando les dé la gana sin que nos podamos defender?
Grabar policías. Nueva sentencia.
Un juzgado de Madrid ha dicho que los ciudadanos (y no hace falta que tengan carnet de prensa para ello) pueden grabar a la policía durante sus actuaciones públicas «cuando exista en los agentes una conducta irregular consistente en una notoria extralimitación al insultar, provocar y dirigirse con actitud amenazadora contra las personas [...], la consecuencia es la privación de la especial protección del agente que le convierte en un mero particular».
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El juez ha determinado que hicieron una actuación «que carecía de toda cobertura legal, porque ni existe prohibición de filmar en el espacio público ni la imagen de los agentes».
«Estamos ante un documento que reproduce la imagen de una persona en el ejercicio de un cargo público y que la fotografía en cuestión fue captada con motivo de un acto público en un lugar público, por lo que en modo alguno resulta irrazonable concluir que concurra un supuesto de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen», señala la sentencia.
Del Blog de Ramon Cerda
Recomiendo visualizar el siguiente video relacionado con el asunto en cuestión donde podemos ver bien al individuo:
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viernes, 10 de octubre de 2014
CONTAGIO DE EBOLA. GENIAL TRASLADO DEL CADAVER PERRUNO
Hace unos días hablaba sobre el primer contagio de ébola en España. Desde entonces han salido más noticias sobre el tema, a cada cual más vergonzosa, lo cual me ha animado a escribir otro artículo con más comentarios.
Todo es hablar de protocolos de seguridad cuando es evidente que no tienen ni idea de lo que llevan entre manos, y no es porque yo sea más experto que nadie en asuntos infecciosos; solo hablo desde el mínimo sentido común (que muchos no tienen, todo sea dicho).
Contagio de Ébola. Pepe Gotera y Otilio trasladan al perro infectado en su FRAGONETA
Hablamos del contagio de una auxiliar de enfermería (a todas luces de escasa formación por todo lo que se ha estado escuchando). Lo primero que hay que recordar es que el virus lo ha traído el Gobierno a España en primera clase; no es que se haya colado ningún enfermo en nuestras fronteras de manera accidental. Pero bueno, eso ya lo hemos comentado en otras ocasiones.
Lo que quería destacar ahora del contagio de ébola son otros aspectos:
1.- Dicen que la enfermera ha admitido haberse tocado la cara con los guantes infectados, cosa que curiosamente ha recordado de repente y no en todo el tiempo que lleva infectada y que ha ido poniendo en peligro a otras personas. Curiosa la memoria.
2.- Siendo una persona que ha estado en contacto directo con un contagiado de ébola, por mero procedimiento y tras el fallecimiento del enfermo, debería de habérsele hecho alguna prueba, cosa que no se ha hecho, ni a ella, ni por lo visto a los demás. Eso no parece formar parte del procedimiento. Claro que ya he dicho yo que no entiendo mucho de protocolos de contagios.
3.- Ahora que parece que lo que se quiere es responsabilizar de todo a esta auxiliar, cabría recordar que el protocolo para quitarse el traje incluía en todo momento que otras personas observaran cómo se lo quitaba. O sea que el protocolo se lo han saltado a la torera. Y el protocolo lo conozco hasta yo que no tengo nada que ver con el asunto, solo por lo que vienen comentando en televisión desde hace semanas. Pero por lo visto ellos no lo conocían, o conociéndolo, las personas que vieron que se tocaba la cara con los guantes infectados lo vieron como la cosa más normal del mundo. Supongo que no habrán leído nada del profesor Bacterio.
4.- Al final, el tema lo ha acabado pagando el más inocente de todos: el perro. No parece que haya antecedentes de que el ébola haya pasado de humanos a animales, pero aún así lo más práctico y sencillo era cargarse al perro (ni cuarentenas ni tonterías), quizás por aquello de «muerto el perro, se acabó la rabia». El verdadero problema es que este caso no funciona así, y muerto el perro o no, el problema lo seguimos teniendo.
5.- Además de lo que comentaba en el punto 2, es evidente que esta persona tuvo síntomas de fiebre. No sé si el protocolo lo incluye o no, pero en cualquier caso debería incluirlo por lógica. ¿No es normal que si una persona ha estado con un infectado de ébola y tiene fiebre SALTEN TODAS LAS ALARMAS? Pues no, esta persona se fue, se depiló, estuvo con su marido y con no se sabe cuántas personas más, y no volvió a ingresar en el hospital hasta un montón de días después. Incluso entonces, parece que hubo algún traslado en ambulancia y no se desinfectó, con lo cual los posteriores pasajeros están en riesgo de contagio, así como los enfermeros.
6.- Y ya para terminar y por no hacerlo más largo. ¿Alguien ha visto las imágenes de la furgoneta con la que han trasladado al perro supuestamente infectado?: dos tíos con mascarillas de los chinos y manga corta con una FRAGONETA protegida con bolsas de basura... Ya entiendo por qué nos gusta tanto Torrente a los españoles, porque nos sentimos completamente identificados con él.
ÚLTIMA HORA:
Cuando ya tenía escrito el artículo, me he encontrado en Google con una sorpresa. Una noticia publicada en distintos medios y que HA SIDO ELIMINADA: cuando todavía vive la paciente y se supone que el objetivo es que se cure (eso dicen al menos), ya hablan de que será incinerada sin autopsia... El asunto está tomando un cariz un tanto perverso:
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Búsqueda en Google del 10 de octubre de 2014 a las 7:30 de la mañana
Del Blog de Ramon Cerda
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jueves, 9 de octubre de 2014
CAZA DE PERROS Y GATOS
Todavía no he tenido acceso a la nueva ley de caza que por lo visto se ha aprobado recientemente, pero sí que he leído algunos artículos y me ha llamado especial atención el hecho de que se permita la caza de perros y gatos. ¿Es una broma de mal gusto o se trata de algo que realmente incluye la nueva ley?
¿Qué sentido tiene la caza de perros y gatos?
La nueva ley permite la caza de perros y gatos
Por lo visto, la nueva ley, aprobada de tapadillo, subvenciona la caza intensiva, sanciona las acciones que la puedan molestar, permite cerrar caminos, autoriza la caza con trampas, incentiva los cotos cerrados y vallados, etc.
La Plataforma contra la Ley de Caza ha anunciado que presentará alegaciones en contra de la ley y se han reunido 35.000 firmas dentro de la campaña iniciada por Ecologistas en Acción para derogar el anteproyecto.
La caza no es un tema que suela incluir en este blog, aunque sí que he criticado puntualmente algunos temas como las clases de caza subvencionadas en colegios públicos. Y tampoco es que esté completamente en contra de la caza, pero hay cosas que superan mi entendimiento como el hecho de que este nuevo anteproyecto permita la caza de perros y gatos. Supongo que será cuestión de leer la ley entera y ver a qué se refieren exactamente, pero visto así, tal vez fuera de contexto, la verdad es que no puedo comprenderlo. Además, la mayoría de cazadores van acompañados de sus perros... ¿podrán dispararles impunemente cuando se cansen de ellos?
Si alguien ha leído algo más sobre este tema y conoce detalles que yo desconozco, agradecería cualquier comentario al respecto. Y también me gustaría conocer la opinión de los cazadores. ¿Era algo demandado por ellos eso de poder cazar perros y gatos? ¿Tienen alguna finalidad que no alcanzo a comprender?
Del Blog de Ramón Cerdá
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miércoles, 8 de octubre de 2014
TARJETAS DE CREDITO OPACAS
¿Son las tarjetas de crédito opacas algo nuevo? Tras el reciente escándalo de Caja Madrid todos nos lo preguntamos. Mi opinión es que esta situación no es nueva ni es algo que hayan inventado los de Caja Madrid. De hecho, en puridad, tampoco es que estemos hablando de tarjetas de crédito opacas porque funcionaban como cualquier otra, la única diferencia era que la propia entidad las contabilizaba de un modo distinto.
¿Tarjetas de crédito opacas?
¿Es algo nuevo eso de las tarjetas de crédito opacas?
Serían opacas si no dejasen rastro en la empresa emisora (VISA o la que fuera en un momento dado), pero creo que ese no es tampoco el caso. De cara al emisor de la tarjeta son como otra cualquiera. La diferencia, como digo, está a la hora de recibir el cargo, que lo recibía por supuesto Caja Madrid y lo desviaba a una cuenta poco controlada y que casi nadie sabe que existe. Por lo visto una cuenta de regularización de balance por problemas informáticos. Algo muy poco tangible.
Que los auditores de la entidad no encontrasen nunca nada extraño en esa cuenta es algo que me parece raro porque es una situación que se ha estado perpetuando en el tiempo. Y si es cierto que los de la auditoría no sabían nada del asunto, me pregunto también por la eficacia de estos auditores.
Recuerdo mi época de banca, hace ya más de treinta años de eso, cuando no había ni ordenadores en las oficinas y todo se calculaba a mano. Era sabido y notorio que en las oficinas circulaba dinero que no controlaba la oficina central. Incluso existían cuentas de crédito «paralelas» que después se liquidaban trimestralmente y cobraban en mano (que le costaron el puesto a más de uno). Ese tipo de cosas no parecían difíciles de ocultar a las auditorías; tal vez ahora con todos los avances informáticos sea incluso más sencillo que entonces, ¡vaya usted a saber!
¿Y qué pasa con las otras entidades bancarias rescatadas? ¿No tenían tarjetas de estas? ¿Eran los de caja Madrid los únicos espabilados? Lo dudo.
Lo que quería matizar, aunque solo sea una opinión por mi parte, es que tampoco me parece bien que de repente se acuse a todos los usuarios de estas tarjetas de delincuentes y se pida cárcel para ellos. Habría que ver caso por caso en qué se han gastado el dinero y si los límites eran prudentes o no. Al fin y al cabo eran tarjetas para gastos de representación. Si el titular de la tarjeta lo gastaba en comidas con clientes y cosas similares, ¿dónde está la irregularidad? En todo caso será una liberalidad de Caja Madrid si las cifras son excesivas, pero ¿un delito del consejero titular de la tarjeta? Más bien no. Lo que ocurrirá es que habrá casos de abuso directo y, según he oído por la radio, algunos incluso pagaban el colegio de los niños con ellas. Pero bueno, no hagamos lo de siempre y no los condenemos a TODOS de ANTEMANO. Dejemos que argumenten lo que han hecho.
Del Blog de Ramón Cerdá
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martes, 7 de octubre de 2014
PERDIDA INDEBIDA DE PUNTOS
Ayer hablaba de una sentencia contra Hacienda y manifestaba por ello mi alegría. Siempre me alegro de cualquier sentencia que frene, aunque sea mínimamente los abusos de Hacienda contra el contribuyente, aunque sean sentencias que no me afecten directamente. Con mis amigos de Tráfico me ocurre otro tanto; es tan grande la aversión que me provocan cuando veo la prepotencia con la que actúan, que no puedo menos que alegrarme (y celebrar) cualquier sentencia o dictamen que los ponga, aunque sea un poquito, en su sitio.
Indemnización de 2000 euros por pérdida indebida de puntos.
No hace mucho hablaba en este Blog de que estos señores de Tráfico me habían quitado indebidamente cuatro puntos, y de la epopeya que tuve que vivir a base de recursos y de tribunales hasta que me dieron la razón (no ellos, sino el tribunal). Los condenaron a las costas (otra cosa de risa que también comenté porque me resulta muy injusta la forma de calcular las costas que tiene nuestra justicia) y a devolverme los puntos.
Pasaban los meses y más meses y no me los devolvían; luego me quitaron otros dos (que tengo recurridos), y como eso sumaba 6, me enviaron una amable carta diciéndome que fuese al cole a recuperarlos. Eso, insisto, cuando tenían una sentencia que los obligaba a devolverme cuatro de esos seis puntos. En fin, una vergüenza.
Ahora un amigo que conoce de mi inquina sobre el asunto me envía una de esas buenas noticias; por lo visto han condenado a Tráfico a pagar una indemnización de 2.000 euros a un conductor al que le habían robado los puntos. Sí, digo robado a sabiendas, porque cuando a uno le quitan los puntos sin un motivo correcto... pues eso, que es un robo, no una detracción.
La diferencia entre el caso de este señor y el mío es simplemente de matiz, pero un matiz que a mí me impidió pedir una indemnización puesto que, aunque había por ahí cuatro puntos que eran míos y no figuraban en mi cuenta, yo podía seguir conduciendo porque me quedaban más, cosa que no hubiera sucedido de ser esos cuatro puntos, mis últimos puntos.
Eso es lo que le ha pasado a este señor, que se los han ido quitando hasta que se ha quedado sin carnet.
Ha sido el Ministerio del Interior quien ha dictado la resolución que indemniza con 2.000 euros a este conductor, canario para más señas.
Pérdida indebida de puntos por no leerse los recursos
El asunto venía por el hecho de que este conductor manifestaba tener permiso de conducción expedido en el Reino Unido que le permitía conducir en España, pero la policía lo sancionaba reiteradamente con multas de 450 euros y retirada de cuatro puntos por «conducir un turismo sin licencia que le habilitara para ello».
Según manifiesta la AEA: «Tráfico, en lugar de hacer alguna gestión para verificar que el conductor canario efectivamente disponía de un permiso de conducir válido para conducir en España, se limitó a descontarle los puntos, declarándole al final la perdida de vigencia de su carné por agotamiento de su saldo de puntos en dos ocasiones».
El Consejo de Estado ha recordado a los cabezas pensantes de Tráfico «que el derecho a presentar alegaciones no es un simple trámite que permite acopiar folios en un expediente». Vamos, en román paladino: que tienen que leérselos y actuar en consecuencia y no limitarse a archivarlos y desestimarlos de oficio como tan bien saben hacer.
Del Blog deRamón Cerdá
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lunes, 6 de octubre de 2014
DOMINIOS.ES, MEJOR OLVIDARSE DE ELLOS
Es triste y lamentable, como casi todo lo que está ocurriendo en nuestro país últimamente. Si uno se siente español y quiere tener un dominio de internet, lo normal es que esté pensando en un dominio.es o tal vez uno de los equivalentes territoriales: .eus, .cat o .gal ¿No sería lo más normal?
Ya lo anuncié en diciembre de 2012 y hoy reitero mi consejo: olvidaos de adquirir un dominio.es (o .eus, .cat, .gal) porque nuestro bendito gobierno se ha reservado la posibilidad de incautarlo, incluso sin intervención judicial (autoridad administrativa). Así, por las bravas, como ocurriría en una dictadura.
Esto, que hasta hace poco era una simple amenaza, ahora ya es una realidad porque una de las medidas de la Ley General de Telecomunicaciones que ya se publicó en el BOE, es precisamente la posibilidad de cancelación de dominios controlados desde España en caso de que una autoridad administrativa o judicial lo considere.
¿Hemos de renunciar al dominio.es?
Dominio.es - Mejor olvidarse de ellos
No importa la IP ni el hosting donde esté alojada la web porque te cortarán el dominio de raíz:
«La autoridad de asignación suspenderá cautelarmente o cancelará, de acuerdo con el correspondiente requerimiento judicial previo, los nombres de dominio mediante los cuales se esté cometiendo un delito o falta tipificado en el Código Penal. Del mismo modo procederá la autoridad de asignación cuando por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se le dirija requerimiento de suspensión cautelar dictado como diligencia de prevención dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento de los hechos. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8, 11 y concordantes de esta Ley, la autoridad administrativa o judicial competente como medida para obtener la interrupción de la prestación de un servicio de la sociedad de la información o la retirada de un contenido, podrá requerir a la autoridad de asignación para que suspenda cautelarmente o cancele un nombre de dominio.[/box]
Es evidente aunque haya a quien no se lo parezca, que una medida de este tipo vulnera de pleno los derechos fundamentales de expresión.
Del Blog de Ramon Cerda
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domingo, 5 de octubre de 2014
FALSAS DENUNCIAS Y MALOS TRATOS
El tema de las falsas denuncias es algo extremadamente polémico, más si pretendemos acusar a cierto colectivo de mujeres por presentarlas con dos fines distintos: como venganza, o para cobrar alguna subvención o subsidio.
Las falsas denuncias de violaciones y malos tratos existen por mucho que se quieran negar.
La reciente falsa denuncia formulada por una joven de veinte años que dijo haber sido violada en la feria de Málaga por cinco jóvenes, ha puesto este asunto de las falsas denuncias en el candelero de nuevo.
Espero no parecer machista por sacar el asunto, pero por mucho que se quiera negar, es evidente que las falsas denuncias por malos tratos existen. Lo difícil es calcular en qué porcentaje. Los colectivos de mujeres maltratadas lo niegan, pero evidentemente tampoco pueden probar que sea cierto lo que dicen. Solo cuando pasa algo como lo de la joven malagueña, se puede asegurar que ciertas cosas sí que pasan pese a que se nieguen.
La legislación, al intentar compensar la discriminación femenina, tal vez sin proponérselo, ha ocasionado la discriminación masculina. Basta la palabra de una mujer para que detengan a su marido por malos tratos y pase, cuanto menos, una noche en calabozos. Evidentemente si la denuncia es al contrario, estas cosas no ocurren. Que existan subsidios para «compensar» los malos tratos creo que es un error, lo único que ocasiona el sistema es precisamente eso, la falsa denuncia, y por supuesto no quiero ni pretendo generalizar, pero que tampoco se generalice al contrario tratándonos a todos los hombres como maltratadores y violadores en potencia.
Conviene recordar que esta joya de chica fue encontrada por una patrulla de la policía local de Málaga a las ocho de la mañana de un domingo de feria, llorando en el suelo. La explicación que dio fue que terminada su jornada laboral en una de las casetas de la feria, fue arrastrada bajo amenazas a una zona apartada donde fue violada en grupo. Dio la descripción de los agresores y fueron detenidos cinco jóvenes.
El caso se sobreseyó porque había testigos que vieron a los jóvenes en actitud amistosa con la chica supuestamente violada y por otra serie de contradicciones, pero ¿qué hubiera pasado de no ser así?
Al final parece que ha habido condena de 10 meses de cárcel que no cumplirá por carecer de antecedentes
Del Blog de Ramón Cerdá
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sábado, 4 de octubre de 2014
VERGUENZA POLICIAL
Cuando hablamos de ejemplo policial todos sabemos a qué nos referimos. Es de suponer que alguien que ostenta autoridad y cuya palabra, por ley, tiene más peso que la nuestra, debe comportarse de forma adecuada. Pero es bien cierto que tenemos muchos ejemplos (en este blog hay algunos) en los cuales el ejemplo policial o de cualquier otra autoridad dejan mucho que desear.
MAL ejemplo policial. ¿Así cómo los vamos a respetar?
Como ciudadanos estas cosas hacen que nos planteemos hasta qué punto les debemos un respeto cuando ellos no nos respetan a nosotros. Cuando un policía miente, o cuando tiene un comportamiento inadecuado, está haciendo un grave daño a la sociedad.
Mal ejemplo policial
En este caso se trata de un mero gesto, pero un gesto que me parece muy dañino, y no voy a entrar en su significado porque, sinceramente, no me gusta hablar de banderas ni de independentismos. No es eso lo que critico aquí. Lo que estoy criticando es la actitud que le permite a un Mosso d'esquadra circular con toda desfachatez con su motocicleta oficial ocultando la matricula (ver foto). Pero no solo eso, no se trata de que oculte o no la matrícula, sino que además, lo hace con una bandera mostrando unas tendencias que nada tienen que ver con su responsabilidad pública.
Creo que la actuación de este POLICÍA es de una vergüenza absoluta. Como persona puede tener sus creencias y sus inclinaciones políticas como cualquier otro, pero no puede actuar de este modo. Por otra parte, pongamos que somos nosotros quienes actuamos así. Me refiero al simple hecho (con bandera o sin bandera) de ocultar la matrícula del vehículo mientras se circula por carretera.
Son tantos los casos de mal ejemplo policial que a los ciudadanos se nos quitan las ganas de guardarles el respeto.
En la foto no resulta fácil identificar la motocicleta, precisamente porque oculta la matrícula, pero supongo que alguien sabrá de quién se trata, aunque dudo mucho que llegue a ser sancionado.
Por mi parte tiene todo mi desprecio por su actitud. Insisto, banderas aparte.
Del Blog de Ramón Cerdá
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