sábado, 31 de octubre de 2015

EL INCIDENTE ENTRE MARQUEZ Y ROSSI

Despues de casi una semana de pasado el incidente entre Marquez y Rossi y de haber visto la accion mas de 70 veces repetida y otras tantas a camara lenta no entendemos desde EL BLOG DEL NINJA como aun sigue la polemica de esta accion, creemos que esta muy clara.



Lo mas lamentable de todo es como se esta tratando el asunto en Italia y en España, de forma muy distinta, en Italia ha entrado en la polemica hasta el primer ministro italiano defendiendo la accion de Rossi ( no sabemos que hubiera pasado si la direccion de carrera actua como deberia de haber actuado, descalificando a Rossi), ya que en Italia todo el pais esta a favor de Rossi y en España la mitad estan con Rossi y la otra mitad con Marquez, algo incomprensible despues de ver las imagenes decenas de veces.

El ultimo esperpento ha sido las agresiones a Marquez en el garaje de casa de sus padres por parte de periodistas italianos de un polemico programa de television alla en Italia y que ahora los italianos quieren hacer creer a todo el mundo que los agredidos fueron ellos, cuando en realidad lo unico que hicieron los Marquez fue llamar a la policia ( yo si agredo a alguien lo ultimo que hago es llamar a la policia y lo primero escapar o intentar escapar ( que es lo que hicieron los italianos, querer escapar antes de ser detenidos), los Marquez fueron abordados y avasallados en el garaje particular de su casa ( a mi me viene alguien a mi casa a avasallarme y no lo admito, pero los Marquez aguantaron hasta que ya no pudieron mas y llamaraon a la policia) y ya para adornar la cosa Rossi apela al TAS pidiendo cumplir la sancion la proxima temporada en otra carrera , y lo pide en procedimiento de urgencia ( el TAS suele tardar en decidir entre 6 meses y un año), y piden que decida antes de la carrera de Valencia ( algo inaudito y que seria la primera vez que el TAS decidiera en tan poco tiempo).






A nosotros esto nos huele a chamusquina y pensamos lo mismo que casi todos los pilotos y expilotos de motoGP, que si en lugar de Rossi hubiese sido otro piloto, ya se hubiera acabado el mundial para el piloto infractor.

Otra cosa inaudita es querer defenderse Rossi echando la culpa de todo lo ocurrido a Marquez, la mejor defensa, un buen ataque, debe de pensar Rossi, ya que una cosa es que lo tirara de una patada tal y como se ven en las imagenes y otra muy distinta es que encima la culpa fuera de Marquez.

Hace unos dias vi en television como le ponian las imagenes a unos seguidores españoles de Rossi para que opinaran y decian ( sobre todo una chica que se veia que no tenia ni idea) ¿ que patada?, si la culpa es de Marquez por cerrarle, es decir, que aunque Marquez le cerrara, que puede ser, no veian la patada por ningun sitio. Esto es como si un jugador de futbol le hace una fea entrada a otro de tarjeta amarilla y el que ha recibido la patada se levanta y le pega un puñetazo a su rival, pues sera expulsion para el agresor y amarilla para el que ha hecho la fea entrada, esto es lo mismo.

Concluyo, para no meter mas cizaña ( podriamos dar mas ejemplos y mas opiniones, pero nos las reservamos), diciendo claramente y bien alto que quien no viera la patada de Rossi a Marquez, o es ciego o es tonto, pero no se puede intentar o querer defender lo indefendible.

El Blog del Ninja

miércoles, 28 de octubre de 2015

DENUNCIAR A LOS DEFRAUDADORES


Denunciar a los defraudadores… solo si te fías de Hacienda

Desde hace algún tiempo se está promoviendo la filosofía de denunciar a los defraudadores de Hacienda (o de la Seguridad Social). Es una medida con la que no estoy en absoluto de acuerdo tal y como ya he tenido ocasión de comentar alguna vez en este blog. Siempre he dicho que las denuncias de este tipo son malintencionadas, no se hacen por cuestiones morales ni por el bien común, sino por hacer daño. Llegados a este punto, me parecen parciales y poco fiables, con lo cuál, no puedo compartir este criterio. Yo jamás participaría en el juego de denunciar a los defraudadores, para eso están los señores inspectores de Hacienda, para que hagan su trabajo y encuentren el fraude allá donde se esté cometiendo. Ni tengo por qué hacer su trabajo, ni me parece una medida aceptable.

Denunciar a los defraudadores... Ya hay estudios sobre el perfil del denunciante


Denunciar a los defraudadores... Una mala política
Para nada sorprende el resultado de la estadística, yo mismo lo avancé hace tiempo sin tener ninguna estadística a mano. Es cuestión de simple lógica, tampoco es que me considere un superdotado en estas cuestiones, pero lo que es de cajón, pues eso, que es de cajón.
Ya es oficial que la mayoría de las denuncias proceden de familiares (generalmente ex-cónyuges resabiados), antiguos socios (igualmente resabiados), o trabajadores despedidos que también muestran un cierto odio (justificado o no) hacia quien les ha despedido. Estas son las tres principales fuentes de denuncia (¡viva la imparcialidad!) según la Agencia Tributaria... ¿Alguien se esperaba otro perfil? ¿Se pueden considerar fiables esos perfiles?

¿Es anónimo denunciar a los defraudadores?

Normalmente estos perfiles de denunciantes, además de no ser creíbles bajo mi punto de vista, pretenden actuar desde el anonimato; lanzan la piedra y esconden la mano, y la Agencia Tributaria les «garantiza» que el denunciado no conocerá quién lo ha señalado. Ahora bien, no aceptan la denuncia anónima, el denunciante debe identificarse. Me atrevo a hacer una advertencia a esos denunciantes:
Hacienda dice que no se lo dirá nunca a nadie... El que se lo crea, que siga adelante con la denuncia, pero recordemos que dijeron lo mismo cuando lo de la amnistía fiscal y luego han hecho lo que han hecho, y eso es solo un ejemplo. Yo, personalmente, no me fiaría de lo que dicen... Conservarán sus datos todo el tiempo que les interese y nunca se sabrá lo que harán con ellos.
¿Por qué no eliminan de sus bases de datos las denuncias infundadas?
Teniendo en cuenta que muchas de las denuncias recibidas (también lo admiten ellos, no lo digo yo) son infundadas, me hago un par de preguntas:
1.- ¿Por qué no actúan de alguna manera contra el que ha presentado la denuncia infundada? Siempre he pensado que presentar una denuncia falsa era un delito.
2.- ¿Por qué si se archivan como denuncias infundadas, los sistemas informáticos de Hacienda conservan los datos del denunciado para una posible utilización futura? O sea, que basta con que alguien a quien le caigo mal me denuncie, para que yo quede fichado de manera indefinida en Hacienda. ¿Es eso legal?
Del Blog de Ramón Cerdá

sábado, 24 de octubre de 2015

COMUNICACIONES DE LOS BANCOS A HACIENDA


Comunicaciones de los bancos a Hacienda

Las comunicaciones de los bancos a Hacienda son algo habitual; de un modo u otro, Hacienda obtiene mucha información de nosotros gracias a los las entidades bancarias,ese es uno de los motivos por los que prohiben los pagos en efectivo superiores a 2.500 euros, porque uno de los objetivos a largo plazo es que toda la economía acabe siendo virtual, sin billetes ni monedas de por medio. A más transacciones «de plástico», más control de Hacienda sobre nosotros... y más beneficio para los bancos. De alguna manera, bancos y Hacienda se benefician mútuamente a nuestra costa.

¿Son muchas las comunicaciones de los bancos a Hacienda?


Comunicaciones de los bancos a Hacienda, cada vez más y más detalladas
Tradicionalmente la información se limitaba a la fiscal: intereses y retenciones, incluyendo el saldo de la cuenta a final de año y, si no recuerdo mal, el saldo medio ponderado que también tenía implicaciones fiscales. Aparte de esa comunicación anual, no solían haber muchas más comunicaciones salvo que hubiesen requerimientos formales por parte de la Agencia Tributaria. Pero las cosas van cambiando y cada vez las comunicaciones de los bancos a Hacienda son más habituales y detalladas.
Los bancos están obligados a comunicar todas las transacciones realizadas con billetes de 500 euros con independencia de su cuantía. Todas estas operaciones deben quedar reflejadas para el control de posibles delitos de blanqueo.
También deben comunicar todas las operaciones superiores a 10.000 euros, se realicen en efectivo o no.
Si son en efectivo, deben comunicarse todas las que superen los 3.000 euros.
También comunican a Hacienda de manera expresa los préstamos y créditos de más de 6.000 euros.
Entre los datos que facilitan en estas operaciones está el nombre de la persona que las lleva a cabo, la cuantía individualizada, el número de cuenta afectado y los titulares de dicha cuenta.
Todos esos datos no son accesibles solo para la Hacienda española, sino que cualquier estado comunitario puede cruzar dicha información con el fin de perseguir el fraude fiscal en la Unión Europea y en los países con los que España mantiene acuerdos de colaboración.
Del Blog de Ramón Cerdá

domingo, 18 de octubre de 2015

DOBLE COMISION EN CAJEROS AUTOMATICOS


Prohibida la doble comisión en cajeros automáticos, ¿o no?

Gracias a un reciente decreto ley, ha quedado prohibida la doble comisión en cajeros automáticos, lo que, teóricamente, impide a las entidades bancarias propietarias de los cajeros, cobrar comisión adicional a quienes retiran dinero de ellos sin ser clientes de la entidad. Si tenemos en cuenta que cada año se realizan en España más de novecientos millones de retiradas en efectivo de los cajeros y que muchas veces los reintegros se realizan en cajeros de entidad distinta, podemos estar hablando de muchos millones de euros en comisiones.

Prohibida la doble comisión en cajeros automáticos. ¿Servirá de algo?

La polémica comenzó cuando Caixabank decidió cobrar dos euros por cada operación de este tipo en sus cajeros.

¿Prohibida la doble comisión en cajeros automáticos?
El consejo de ministros ha aprobado recientemente un Decreto Ley para regular esta situación y queda de este modo prohibida la doble comisión en cajeros automáticos, pero... ¿servirá de algo esta medida?
A poco que analicemos este brillantísimo Decreto ley, vemos que le faltan muchas luces y parece más propagandístico que otra cosa; una manera de vendernos la moto de que el Gobierno se preocupa del ciudadano y actúa contra las entidades bancarias de manera contundente. Aquí cabría soltar unas risas, porque de eso nada.
Como digo, al decreto le falta un hervor (o dos) porque deja abierta la puerta a que la entidad propietaria del cajero siga repercutiendo la comisión... a la entidad emisora de la tarjeta, quien a su vez... podrá repercutir dicha comisión o una parte de ella, al cliente. O sea, una gilipollez. Si de lo que se trataba, como decían, era que la comisión no era correcta... ¿de qué sirve limitarse a desviar el cauce por el que se aplica?
El sapientísimo Ministerio de Economía dice que «la pantalla del cajero deberá informar al usuario del importe máximo que se podrá repercutir», e insiste en que «se va a minimizar el coste para el usuario y las comisiones serán más reducidas a las actuales» (Eso habrá que verlo)
Del Blog de Ramón Cerdá

domingo, 11 de octubre de 2015

MOVIMIENTOS BANCARIOS EN EFECTIVO


Movimientos bancarios en efectivo. Retirada y posterior ingreso de una misma cantidad

Lo de los movimientos bancarios en efectivo puede traernos consecuencias negativas fiscalmente hablando. Podemos pensar que si tenemos una cierta cantidad de dinero con su origen bien justificado en una cuenta bancaria y decidimos retirarlo en efectivo para dejarlo a buen resguardo en otro sitio (bajo el colchón, una caja de seguridad, un hoyo bajo tierra...) por nuestra justificada desconfianza hacia los bancos, no vamos a tener ningún problema fiscal; pero podemos muy bien estar equivocados.

Lo que puede pensar Hacienda de los movimientos bancarios en efectivo


Movimientos bancarios en efectivo. Volver a ingresar el dinero retirado puede ocasionar un problema serio.
Hacer un movimiento bancario en efectivo para retirar un dinero que es nuestro y está debidamente justificado y del que ya hemos pagado los correspondientes impuestos, no tiene ninguna consecuencia fiscal. Ahora bien, ¿qué pasa si tenemos ese dinero guardado un cierto tiempo y meses o años después lo volvemos a meter en el banco o simplemente lo usamos para hacer algún pago importante?
Hacienda ha respondido al menos a dos consultas vinculantes sobre el asunto, pero las dos dejan en el aire lo que podría ocurrir al ingresar ese dinero e insisten en que se debería justificar el origen. O sea, que eso es tanto como cuando se tiene dinero negro y hemos de justificar que no lo es, así que mucho cuidado.
CONSULTAS:
Consulta Vinculante V0586-13, de 26 febrero 2013:
«El consultante se plantea retirar parte de dinero en efectivo de su cuenta bancaria y depositarlo en una caja fuerte de su propiedad. En un futuro próximo podría reintegrar este dinero en una cuenta bancaria. Se consulta el tratamiento fiscal, por el IRPF, de la retirada y del reingreso de efectivo en la cuenta bancaria».
Respuesta:
«La realización de una retirada y de un posterior ingreso de dinero en efectivo en una cuenta bancaria no tiene, en principio, trascendencia a efectos del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, ya que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la de ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre), en adelante LIRPF, que regula el hecho imponible del impuesto, establece que:
1. Constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente.
2. Componen la renta del contribuyente:
a) Los rendimientos del trabajo.
b) Los rendimientos del capital.
c) Los rendimientos de las actividades económicas.
d) Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
e) Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.
[…]
Cuestión diferente es la determinación del origen del dinero ingresado en una cuenta bancaria, que de acuerdo con el texto de la consulta se había retirado previamente. Al respecto, este Centro Directivo no puede pronunciarse sobre la calificación y consecuencias fiscales derivadas del mismo, al poderse plantear distintas situaciones que no pueden ser objeto de evaluación en el momento actual. En todo caso el consultante debe acreditar el origen del dinero que ingresa en la cuenta bancaria».
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Existe otra consulta: Consulta Vinculante V0127-13, de 17 enero 2013, en la que se respondió algo muy similar.
Hay quien recomienda ir al notario con el dinero recién sacado del banco y hacer un testimonio de los números de serie de los billetes. Luego, guardar ese testimonio y hacer otro cuando vayamos a ingresar de nuevo los billetes. A priori parece una buena prueba que Hacienda debería aceptar... ¿O no?
Lo que yo opino de ese tipo de pruebas
Mi opinión (y me temo que puede coincidir con la de Hacienda en un momento dado) es que no hay forma fehaciente de demostrar que se trate del mismo dinero, ni con acta, ni sin acta, así que mucho cuidado con lo que se hace y cómo se hace. Me explico:
Pongamos que tengo en estos momentos 300.000 euros en el banco, limpitos y con todos los justificantes fiscales de su origen. Supongamos también que tengo otros 300.000 euros del mismo origen pero no justificados porque los cobré en negro. Es decir, que hice una operación importante de 600.000 euros, mitad en A y mitad en B. ¿A quién no le suenan este tipo de operaciones?
Como soy persona prudente, ingresé en el banco solo los 300.000 euros oficiales. Los otros los tengo en un lugar seguro de difícil acceso y los guardo... por si acaso.
Ahora me entra la neura y retiro el dinero que, además, aprovecho para ir haciendo algunas compras importantes. Hago el acta notarial y me pongo a pensar...
¿Y si los pagos que voy a ir haciendo a la largo de estos años, aunque sea para pagar cosas oficiales y justificadas, los hago, no con el dinero que acabo de sacar, sino con el B que tengo escondido?
Pasan cuatro, o cinco, o los años que sean y ya me he terminado el dinero negro. Solo me queda el oficial. Vuelvo a ir al notario, «demuestro» que no me lo he gastado y que son los mismos billetes que saqué, los vuelvo a ingresar, y si Hacienda pregunta, les presento las dos actas.
Milagro: acabo de blanquear 300.000 euros. ¿No?
Lo mismo puede pensar Hacienda, así que no veo que lo del acta sea una solución fiable.
Del Blog de Ramón Cerdá

lunes, 5 de octubre de 2015

HORAS EXTRA, ALGUNAS FALACIAS


Horas extra… algunas falacias

Estos días he estado leyendo algunos artículos sobre las horas extra y estadísticas sobre las mismas y me ha sorprendido (bueno, no tanto, la verdad) que solo se consideren como otra explotación más para el trabajador; un abuso del empresario, y contraproducente para las cifras del paro. Por supuesto que habrá de todo y no es bueno generalizar, pero ellos (me refiero a los artículos que he leído), han empezado primero, generalizando claramente sin decir ni una sola palabra en favor de la empresa. Por eso quería, con este artículo, compensar un poco esa postura tan radical, al menos para intentar que haya un poco más de equilibrio en este mundo hostil.

Algunas falacias sobre las horas extra


Algunas tergiversaciones básicas sobre el concepto de horas extra
Cifras: Lo primero; preguntar cómo calculan eso de que cada semana se realizan más de seis millones y medio de horas extra en España si luego dicen que no se pagan. O sea, que los datos no son de la cotización... ¿cómo lo calculan entonces?
¿Por qué perjudica a las cifras del paro?: Es evidente que quien defiende esta postura lo hace desde la teoría básica de que si no se hicieran horas extra, la empresa tendría que contratar a alguien más. Desde la matemática simple es cierto, pero la realidad es otra. Eso sería posible solo desde la máxima flexibilidad de contratación. Si yo como empresario una semana en concreto tengo un pedido especial y necesito que alguien venga a prepararlo, estaría bien poder contratar a una persona (si encuentro a la apropiada, claro), sin adquirir las mismas responsabilidades que cuando me caso ante el altar. Terminado el pedido, esa persona tiene que volver al paro sin rencores y si dentro de un mes necesito a otra (o a la misma), debería poder hacerlo. Pero eso en la práctica es inviable. Lo lógico es que el empresario, en especial el pequeño, si tiene un apretón de trabajo, tire del personal que tiene, porque tampoco es que se pueda formar a alguien en veinticuatro horas, aunque el trabajo sea simple. O sea, que eso de «repartir» el trabajo está muy bien filosóficamente hablando, pero necesitaría de muchos ajustes legales (y de mentalidad) para poder hacerlo.
Son un robo al trabajador: También habrá de todo y no voy aquí a defender lo indefendible; lo que no he leído por ninguna parte es que durante la jornada también hay muchos trabajadores que no producen lo que debieran, o que se toman sus descansos, o que van al baño más de lo normal... Todo eso está muy bien porque genera una forma relajada de trabajar. No digo que no, pero digamos que serían unas anti horas extra, y si una hora extra no pagada es un robo al trabajador, el escaqueo de una hora en jornada laboral tendríamos que llamarlo robo al empresario.
Las estadísticas del INE dicen que cada semana, las plantillas «regalan» a las empresas 3.904.100 horas (falta añadir los minutos que seguro que también los tienen calculados, pero habrán querido redondear un poco). Bien, que me lo expliquen, y que me expliquen también por qué no ponen cuántas horas a la semana regalan los empresarios a los trabajadores... ¿o nadie sale en horas de trabajo a recoger a los niños del cole, o a acompañar a la mujer que se ha quedado tirada en el coche, o a llevar a la suegra al médico, o a pasar el parte al seguro del siniestro de la moto, o llega sistemáticamente (y por vicio) diez minutos tarde... todos los días?
Estamos con lo de siempre, solo queremos derechos, queremos que nos regalen las cosas y no queremos ganarlas por nosotros mismos, al igual que queremos becas para nuestros hijos y que vayan gratis a la universidad, aunque no tengan ganas de estudiar ni sirvan para hacer la «o» en un canuto. Craso error.
Y de las estadísticas, ni caso, porque esas cifras son inventadas. Que pueden ser ciertas... sí, como quien adivina la primitiva, incluso podrían ser mayores, pero nadie lo sabe; nadie puede saberlo ni lo sabrá nunca. Así que son inventadas y un argumento falaz en contra del empresario. Respetemos a todas las partes y que cada uno admita sus culpas o carencias. Hagamos bien nuestro trabajo.
Del Blog de Ramón Cerdá